- La Abg. Milagros Sánchez introdujo una demanda autónoma de Amparo Constitucional tras haber sido sancionada arbitrariamente por parte del Tribunal Disciplinario del gremio.
ESPECIAL BARINAS
Por: Justicia Gremial
El Tribunal Superior Contencioso Administrativo declaró procedente el «IN LIMINE LITIS» o acción de amparo en su sentencia definitiva, ordenando la reincorporación de la profesional del derecho Milagros Sánchez al cargo de Tesorera en la Junta directiva del Colegio de Abogados del estado Barinas.
En nota de prensa enviada a los medios de comunicación se informó que “el Juzgado Superior Contencioso Administrativo del estado Barinas, decidió en torno a la demanda autónoma de Amparo Constitucional, actuando en la sede constitucional y decidiendo el asunto como «de mero derecho» vistas las abiertas violaciones de la Ley de Abogados y su Reglamento, con la consiguiente violación directa y abusiva de los derechos constitucionales a la Defensa y el Debido Proceso de la accionante Milagros Sánchez, Tesorera de la misma Junta Directiva del Colegio”.
Explican que “por el sólo hecho de fondo de haberle solicitado, privada y públicamente durante el pasado año 2024, a la abogada Lucia Quintero, Presidente del Colegio, una Auditoría que permita la Rendición de Cuentas de los Ingresos Gremiales recibidos durante su gestión fue que a la abogada en ejercicio Milagros Sánchez, tesorera de la misma Junta Directiva, pero quien nunca ha manejado cuentas bancarias en bolívares ni en divisas…; le fue abierto, por parte del Tribunal Disciplinario, un viciado y arbitrario procedimiento en busca de sancionarla (?), lo cual la obligó a presentar una demanda autónoma de Amparo Constitucional ante el Juzgado Superior Contencioso Administrativo del estado Barinas”.
“Dicho Tribunal declaró procedente «IN LIMINE LITIS» dicha acción de amparo en su sentencia definitiva, ordenando la reincorporación de la accionante Milagros Sánchez a dicho cargo para el cual resultó electa hace más de un año en la misma plancha de la presidente Quintero, pero del cual había sido separada en forma arbitraria por ella misma siguiendo la orden arbitraria del Tribunal Disciplinario, a pesar de que Sánchez ni siquiera había sido informada y menos imputada por el respectivo Fiscal, de los hechos objeto de la denuncia formulada en su contra por dicha Presidente”.
En una nota aclaratoria se indica que “cualquier abogad@ con interés en el caso, podrá leer el texto íntegro del mandamiento (sentencia) de Amparo Constitucional dictado en fecha 20-01-2025 por el citado Tribunal, en el Expediente número 0209-25 de la nomenclatura del mismo.