ESPECIAL BARINAS

Por: Prensa Irdeb

La Presidencia y la Consultoría Jurídica del Instituto Regional de Deportes del estado Barinas (Irdeb) hicieron un llamado de atención a la directiva del Club Hermanos Colmenarez CA, para detener la acción del expendio, comercialización y consumo de bebidas alcohólicas dentro de las instalaciones del estadio Agustín Tovar La Carolina de la ciudad capital, violentando varias cláusulas del contrato de arrendamiento entre ambas partes.

Rafael Olivo, en su condición de presidente y Álvaro Cegarra, asesor legal del ente rector del deporte barinés, hacen mención a las normativas de dicho contrato luego que el pasado 6 de octubre en el desarrollo de la jornada 30 de la Liga Futve 1, en el que se enfrentaron los equipos de Hermanos Colmenarez (local) y Zamora FC (visitante), en el remozado estadio del centro de la ciudad de Barinas, dejando como evidencia pública y notoria además de comunicacional el expendio y consumo de sustancias alcohólicas (cervezas).

“Tras el señalamiento público en diversos medios de comunicación del estado, en el que señala en calidad de presunción con el permiso del SAMAT y consultoría jurídica de la alcaldía del municipio Barinas, se procedió a la comercialización de dichas bebidas dentro de las gradas del estadio Agustín La Carolina”, expresó Cegarra, además en mención que dicha acción repudiada va contra la gestión que empaña el accionar de la directiva del Irdeb,

Por su parte, Olivo reafirma el compromiso expedito emanado en la contratación de arrendamiento suscrito entre ambas partes con fecha del 9 de octubre del 2019, existente en la cláusula 8va en literal B, “se prohíbe la comercialización, distribución y tráfico para el consumo de bebidas alcohólicas en el estadio La Carolina”.

Desde la directiva y consultoría jurídica del Irdeb, se advierte en una hipotética y próxima ocasión que se presente el hecho irregular, el ente arrendador procederá a resolverle el contrato al arrendatario, por la violación de la cláusula señalada junto a la décima sexta en concordancia con la décima del contrato suscrito.

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